SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL
El pasado 8 de junio la Junta de Andalucía publicó en el BOJA la Orden de 5 de junio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las empresas para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo en Andalucía durante el periodo 2017-2020.
Desde mi punto de vista constituye un instrumento de alto interés ya que permite acceder a ayudas para proyectos nuevos o de mejora, así como para otros de mejora organizativa y de gestión en el marco de la llamada digitalización. Por tanto, y, partiendo de la necesidad de la inmensa mayoría de las empresas de adaptarse a las nuevas tecnologías para ser competitivas, entiendo que constituye una oportunidad que no debe dejarse escapar.
La regulación de las ayudas, enmarcadas en la estrategia TIC 2020 de la Junta de Andalucía, se ha completado con la publicación en el BOJA del 13 de julio de 2017 de la Resolución de la Agencia IDEA que deja abierta la convocatoria de ayudas y establece el procedimiento.
Las ayudas se determinan en su regulación por el cruce de tres parámetros:
- Tipología de empresa.
- Sector económico.
- Tipología de proyecto.
A) En cuanto al primero se consideran cuatro categorías:
- Actividad emprendedora.
- Pymes.
- Asociaciones de empresas o fundaciones.
- Grandes empresas. Para este apartado en la práctica las ayudas se limitan a la línea de creación de empleo.
B) En referencia al sector económico son subvencionables todos con dos grupos de excepciones:
- No son subvencionables las actividades de finanzas, seguros, inmobiliarias y de administración.
- Las subvenciones se limitan a determinados proyectos para actividades de energía, captación y distribución de agua, construcción, venta y reparación de vehículos, comercio al por menor, hostelería, cinematográficas, jurídicas y de contabilidad, sedes centrales y consultoría de gestión empresarial, publicidad y estudios de mercado, veterinarias, administrativas, educación. sanitarias y de servicios sociales. Bien entendido que se trata de sectores de actividad y no de proyectos que incluyan algunas de estas actividades en otros sectores económicos.
C) Lo más interesante de analizar son las cinco tipologías de proyectos subvencionables:
- Proyecto de creación de actividad económica. Gestionados por emprendedores, pymes o grandes empresas industriales. Incluye terrenos, naves, equipos y software específico. El porcentaje de ayuda varía entre el 25 y el 45%
- Proyectos de mejora de la competitividad. Promovidos por Pymes o grandes empresas industriales. El porcentaje de ayuda mínimo es del 15% pudiendo llegar al 45%
- Proyectos altamente generadores de empleo. Son las dos tipologías anteriores que, además, generan empleo. Entre el 25 y el 45% de ayuda.
- Proyectos de servicios avanzados. Con tres líneas:
- a) Incorporación de servicios avanzados. En este apartado se abren múltiples posibilidades, con ayuda del 50% del coste:
- Servicios de apoyo a la gestión, que afecten a la organización de la producción y logística y distribución, proveedores o clientes, modelos de marketing o comercial, gestión medioambiental, eficiencia energética, innovación en recursos humanos e integración de sistemas. Máximo de la ayuda 50.000 euros.
- Servicios de diagnósticos y elaboración de planes estratégicos. Máximo de 15.000 euros.
- Servicio de diseño de productos o servicios o dirigido a mejora de comercialización promoción y comunicación, diseño de identidad corporativa, marcas, diseño electrónico. Máximo de 35.000 euros.
- Servicios de certificación de sistemas de gestión. Se incluye la gestión de la calidad, medioambiente, prevención de riesgos laborales, I+D+I, responsabilidad social corporativa, seguridad de la información. Máximo entre 6.000 y 10.000 euros.
- Otros servicios avanzados. Protocolos de responsabilidad social corporativa, sucesión de empresas familiares y planes de igualdad. Máximo 7.500 euros.
- b) Proyectos contratados por asociaciones de carácter empresarial o fundaciones para fomento de la actividad empresarial. La subvención es del 70% y puede llegar a los 200.000 euros.
- c) Soporte técnico para proyectos de cooperación empresarial, procesos de alianzas o fusiones en Andalucía contratados por pymes, asociaciones o fundaciones. La subvención es del 70% y puede llegar a los 200.000 euros.
- a) Incorporación de servicios avanzados. En este apartado se abren múltiples posibilidades, con ayuda del 50% del coste:
- Proyectos de transformación digital de las Pymes. Se trata de proyectos de servicios avanzados para la transformación digital: proyectos contratados por las pymes para la incorporación de las tecnologías de la comunicación y la información, que contribuyan a mejorar su competitividad y productividad. Incluyen servicios previos de consultoría para análisis y diagnóstico y definición de estrategia de implantación. La subvención asciende al 50% de los gastos elegibles, siendo el máximo de 75.000 euros por proyecto.
Evidentemente las ayudas están sometidas al cumplimiento de condiciones y los porcentajes de ayuda se pueden incrementar, en algunos casos, dependiendo de las condiciones, que pueden examinarse en la referida Orden.
En fin, me ha quedado un post largo y farragoso, pero no quería dejar pasar esta oportunidad. La consultoría estratégica está cada vez más valorada por las empresas, pero su coste hace que no se demande en relación con las necesidades reales. Por eso significa una oportunidad de contratar planes estratégicos generales o parciales, de mejora de recursos humanos, etc.
Por otra parte, en un post anterior ya expresaba mi opinión de que el proceso de digitalización tiene que basarse en un proyecto de consultoría que examine y ordena las necesidades, planificando las actuaciones y ayudando a seleccionar los proveedores más adecuados.
Aquí está la oportunidad, desde la consultoría podemos ayudarle en toda esta problemática.
Subvención para abrir negocio de pasteleria
Hola Manuel.
La actividad emprendedora está incluida en la Orden de Incentivos. Sin embargo al delimitar sectores excluye el «comercio al por menor» y la «actividad de hostelería». Para estos y otros sectores solo contempla proyectos de servicios avanzados de gestión, digitalización o cooperación empresarial. Por tanto habría que considerar si va a tener actividad de fabricación y ver si está incluida.
Si quieres entra en la Web de Atrilo http://www.atrilo.es (tienes el enlace en la cabecera del Blog) y puedes solicitar más información.
Saludos.